La Justicia frenó dos artículos clave de la reforma laboral de Milei: un golpe al corazón de la ley

Un juez federal suspendió por noventa días dos apartados de la norma impulsada por el gobierno nacional. El fallo reconoce que la redacción de la ley genera incertidumbre jurídica y que su aplicación podría causar daños difíciles de reparar.

La reforma laboral del gobierno de Javier Milei recibió un freno judicial de envergadura. El juez federal en lo contencioso administrativo Martín Cormick dictó una medida cautelar que suspende por tres meses los artículos 10 y 56 de la ley 27.802, luego de una presentación conjunta del Colegio de Abogados de Villa María y del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal.

Los letrados argumentaron que esos artículos comprometen el libre ejercicio de la profesión y el derecho a percibir honorarios. Describieron el perjuicio como concreto e inmediato: la posibilidad de que determinada jurisprudencia rechace créditos que otra corriente del mismo fuero reconoce como válidos, dependiendo de si los considera “objetivamente sobreestimados”. Una espada de Damocles, en palabras de los propios demandantes, que pende sobre cada abogado que litigue en el fuero laboral.

El juez hizo propios esos argumentos. En su resolución señaló que el artículo 10 carece de claridad técnica en su redacción, lo que genera una incertidumbre que justifica la suspensión preventiva. Además, advirtió que aplicar la norma antes de que se resuelva su constitucionalidad podría producir perjuicios de difícil o imposible reparación ulterior.

Desde el Ejecutivo nacional la postura fue la opuesta. Los abogados del Estado pidieron el rechazo de la cautelar y defendieron la ley argumentando que busca desincentivar abusos procesales y brindar previsibilidad financiera a las empresas frente a los litigios laborales. El gobierno sostuvo que los daños invocados eran meramente conjeturales. El juez no lo entendió así y priorizó la protección cautelar al verificar la verosimilitud del derecho alegado por los letrados.

Ahora el Gobierno tiene la palabra: se espera que apele la medida cautelar ante la Cámara. El resultado de esa instancia definirá si los artículos cuestionados vuelven a estar vigentes o si el cuestionamiento a la reforma laboral gana mayor terreno judicial.

El fallo no es menor. Pone en evidencia que parte del andamiaje jurídico de la reforma laboral fue construido con redacción deficiente y que esa debilidad técnica puede abrirle la puerta a una impugnación constitucional de fondo. Para los miles de trabajadores y profesionales del derecho que operan bajo esta ley, el debate recién comienza.